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Convenio Internacional de Prácticas Profesionales de la Universidad de la Rioja

Este Convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que estudiantes de la Universidad realizarán en Grupo Amazonia los programas de prácticas académicas externas de las titulaciones impartidas por la Universidad, tanto oficiales como propias, según las condiciones particulares establecidasen el correspondiente proyecto formativo.

CONDICIONES GENERALES

OFERTA DE LA ENTIDAD COLABORADORA

La Entidad Colaboradora podrá ofrecer plazas de prácticas con la periodicidad o en la cuantía que considereoportuno, e indicar la oferta específica para cada plaza de prácticas.

MODALIDADES DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS

Las prácticas académicas externas podrán ser curriculares o extracurriculares.

Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas integrantes del Plan de Estudios de que se trate. Las prácticas extracurriculares son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios. No obstante, y cuando corresponda, serán contempladas en el Suplemento Europeo al Título conforme determine la normativa vigente.

DURACIÓN DE LAS PRÁCTICAS

Las prácticas académicas externas curriculares tendrán la duración que establezca el Plan de Estudios correspondiente por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.